Mayorazgo

mayorazgon.m. Institución del Derecho civil que tiene por objeto perpetuar en la familia la propiedad de ciertos bienes con arreglo a las condiciones que se dicten al establecerla, o, a falta de ellas, a las prescritas por la ley. 2. Conjunto o agregación de estos bienes. 3. Hijo mayor de una persona que goza y posee mayorazgo. Este derecho estaba ya legalizado en Castilla en el s. XIII, y así figura en las Siete Partidas (v. [../A/A4000006.HTM Alfonso X]) aunque referido solamente a las herencias nobiliarias. A partir de 1505, las Leyes de Toro generalizaron esta institución a todas las clases sociales, e imposibilitaron las ventas de cualquier propiedad...

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